Por Juan E. Ballesteros
6/4/2017
Un juez ha instado a los responsables de una prisión española a que provean de medios materiales a un recluso para que cumpla una condena consistente en publicar un tuit al día durante treinta días con la sentencia judicial durante un mes y en horario de máxima audiencia por un delito de difamación en redes sociales, un fallo que resulta pionero en esta materia y que podría crear jurisprudencia sobre los delitos contra el honor en internet.
El condenado por difamación es el propietario de Ausbanc, Luis Pineda, que cumple prisión provisional desde hace un año en el centro penitenciario de Entremera, situado en Madrid, acusado junto al sindicato Manos Limpias de delitos de estafa, extorsión, amenazas, fraude en las subvenciones, administración desleal y organización criminal.
La ejecución de la sentencia por difamación se produce tras la firmeza del fallo, ratificado por el Tribunal Supremo en octubre de 2016. Luis Pineda publicó 57 tuits difamatorios contra el portavoz de la asociación de consumidores Facua, Rubén Sánchez, que se querelló y pidió amparo a los tribunales. La sentencia fue dictada en noviembre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla. Tras ser ratificada íntegramente por la Audiencia Provincial en septiembre de 2015, Pineda presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en octubre del año siguiente rechazó su admisión a trámite por carencia manifiesta de fundamento.
El juzgado de Sevilla que emitió la sentencia ha estimado la solicitud de ejecución presentada por el abogado de Sánchez, que pidió su cumplimiento aun desde prisión. En un auto fechado el pasado 3 mes de marzo, se pide al centro penitenciario que “facilite al ejecutado los medios materiales necesarios para el cumplimiento de la sentencia».
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