Por Iñigo Aduriz
21/03/2017
La elección del juez español que ocupará la plaza que le corresponde al país en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se paralizará, al menos por el momento. Este martes, la Sala III del Tribunal Supremo ha acordado la suspensión cautelar de la decisión que el Gobierno adoptó el pasado 20 de enero y por la cual se establecían las pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección del magistrado titular del mencionado tribunal, con sede en Estrasburgo.
Esta decisión de la que ha informado este martes el Poder Judicial, llega después de que la asociación progresista Jueces para la Democracia reclamara dicha suspensión como medida cautelar mientras se resuelva el recurso que presentaron para pedir que sea declarado nulo el requisito que establece la edad máxima en 61 años para poder aspirar a ser incluido en la terna de candidatos.
En su auto, la Sala concluye que «existe riesgo de pérdida de la finalidad legítima del recurso» ya que, de no suspenderse el acuerdo impugnado, el procedimiento de selección de los candidatos se llevaría a cabo conforme a los requisitos que establece. De ahí que de no adoptarse la medida cautelar solamente podrían participar en él los aspirantes que cumplan las condiciones exigidas en el mismo.
Diferentes informaciones publicadas en las últimas semanas apuntaban a que la decisión del Gobierno de limitar la edad máxima de acceso a la terna tenía que ver con su intención de proponer al presidente del Tribunal Constitucional, José Pérez de los Cobos, e impedir la elección de quien se podría convertir en su principal rival, su predecesora en el cargo María Emilia Casas, más cercana a los jueces progresistas.
Siempre según la información facilitada por las autoridades judiciales, el auto cuenta con el voto particular de tres de los nueve magistrados que lo firman, que consideran que la medida cautelar es “prematura e innecesaria” para asegurar la legítima finalidad del recurso contencioso-administrativo especial de protección de derechos fundamental planteado por JpD contra el acuerdo. Creen además estos tres jueces que la suspensión cautelar causa perjuicios a los intereses generales y a la seguridad jurídica.