POR CAMBIO16
04/07/2017
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido cerrar en julio todos los asuntos relacionados con Cataluña que pudiera tener pendientes, decidiendo por unanimidad estimar parcialmente el recurso presentado por el Gobierno el 4 de abril contra la ley de presupuestos de Cataluña.
La sentencia anula la disposición adicional 40 de las cuentas y declara que las partidas presupuestarias impugnadas son inconstitucionales si se destinan a financiar el referéndum sobre el futuro político de Cataluña al que se refiere este precepto.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano , declara la inconstitucionalidad y la nulidad de la disposición adicional 40, y señala que las partidas presupuestarias impugnadas «son inconstitucionales en caso de que se destinen a la financiación del proceso refrendario al que se refiere la disposición adicional anulada.
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