El Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana recupera un proyecto legislativo que pondría trabas a la acción pública en materia urbanística y blindaría los planes contra posibles recursos judiciales. Olvida el medio ambiente
El Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana abrió la consulta pública previa aun anteproyecto de ley que modifica la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Aunque la intención declarada es “reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la planificación territorial y urbanística”, las principales organizaciones medioambientales de España –WWF, SEO/BirdLife, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra– consideran que tendría el efecto contrario. “La modificación dificultaría que los planes urbanísticos cumplan con las determinaciones exigidas en materia de medio ambiente y social”, apuntan.
Las organizaciones ambientalistas reclaman a la administración que se centre en facilitar las herramientas necesarias para que los ayuntamientos mejoren la calidad de los planes, así como de las tramitaciones administrativas para que no incumplan la legislación vigente.
En ese sentido, insisten en que no hace falta modificar ninguna ley, solo bastaría con dotar de manuales, de medios y de acompañamiento a las corporaciones locales. Además, el Gobierno debe tener en cuenta, para evitar males mayores, la posibilidad de no permitir la ejecución de planes que no estén consolidados. Es la manera de evitar tanto los hechos consumados como inseguridades jurídicas en el caso de una anulación del plan por un tribunal.
Error de diagnóstico
Los ambientalistas manifiestan que la propuesta para modificar la ley de suelo parte de un diagnóstico erróneo y en consecuencia los cambios que se propongan no solucionarán los problemas de la planificación urbanística, sino que los podrían agravar.
El Ministerio asienta que el problema radica en que “en los últimos años han proliferado en España las anulaciones de pleno de derecho de instrumentos de planificación territorial y urbanística, aun en supuestos de deficiencias de carácter meramente formal, derivadas de su consideración como normas de naturaleza reglamentaria que, en consecuencia, y por ello, no admiten convalidación”.
Ante el galimatías, indica que “resulta preciso dotar a los planes de ordenación territorial y urbanística de la estabilidad, certeza y seguridad jurídica que demandan en su defensa de los intereses generales”. Y, efectivamente, plantean dos tipos de medidas: “Las relacionadas con la naturaleza de los instrumentos de planificación y de los efectos que tiene su anulación y las de carácter procesal, que tratan de evitar consecuencias anulatorias desproporcionadas”.
¿Por qué se obvia la realidad y el verdadero problema?
A las organizaciones les resulta llamativo que entre tanto palabrerío no se analice por qué los tribunales anulan los planes, pero aceptan una respuesta que es obvia y evidente: Los planificadores vulneran la legalidad.
Explican que si los planes fueran escrupulosos con el cumplimiento de la ley, tanto en su tramitación como en su redacción, ni los recurrentes ni los tribunales encontrarían motivos para anularlos.
Insisten en que en la realidad se plantean planes insostenibles, tremendamente impactantes y sobredimensionados, que ignoran la protección del litoral, del dominio público hidráulico o de los espacios protegidos. Además, se omiten o ignoran informes sectoriales que tienen como fin asegurar la protección ambiental, la igualdad de género, los derechos de la infancia y la disponibilidad de agua para atender a la nueva población. Y, sobre todo, no se garantiza el respeto de las reservas de suelo protegido y que el plan sea económicamente viable y sostenible, o que su aprobación no implique cargas inasumibles para las arcas públicas. “Son estos los motivos de que los tribunales declaren nulos (ilegales) los planes urbanísticos”, subrayan.
Con el fin de evitar la anulación de los planes, el ministerio contempla permitir la convalidación de las omisiones de los informes sectoriales, lo que tendría un efecto perverso. Una verdadera calamidad, se obvian las regulaciones ambientales.
Efectivamente, insisten, si un plan se mantiene, aunque falten los informes, obligaría a redactarlos a posteriori, pero sin ninguna posibilidad de incidir sobre el modelo urbano proyectado.
“Y lo que es peor, si esos informes constatan que el planeamiento es contrario a los intereses que consagran y ya se ha ejecutado, ¿dónde quedaría la seguridad jurídica y la defensa de los intereses generales? En definitiva, una modificación legal como la que se está planteando convertiría esos informes sectoriales en inservibles”, alertan.
La ciudadanía quedaría fuera
WWF, SEO/BirdLife, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra señalan que con la reforma procesal también se limitará que los planes urbanísticos puedan ser recurridos por la ciudadanía. “Y el control ciudadano del urbanismo es una máxima de nuestro ordenamiento legal, pero el cambio previsto limitaría la acción a grupos con más de dos años de antigüedad que cumplan de manera activa sus fines estatutarios de defensa del territorio, el urbanismo o el medio ambiente. Una valla que impedirá participar al común de los ciudadanos o a las plataformas de oposición a planes o proyectos urbanísticos. Otra vuelta de tuerca a la burocracia que todo lo impide.
Posibles soluciones sin modificar la ley
Las organizaciones ecologistas reivindican que la acción popular contribuya a una mejor administración de lo público, así como que se revise en los tribunales la legalidad en cuanto al fondo y las formas de los instrumentos de planeamiento y que se garantice el acierto, la transparencia y la legalidad del proceso de planificación y transformación del territorio.
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