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>> Cambio16 > PLANETA > El ministro Grande-Marlaska y el “51 de Madrid”

El ministro Grande-Marlaska y el “51 de Madrid”

Diego Solana by Diego Solana
05/06/2020
in Ciudadanía, PLANETA
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Análisis Interpretación de la noticia basada en evidencias. Incluye datos y proyecta el desarrollo de los eventos. Se sustenta en informes objetivos, pero ofrece interpretaciones y conclusiones.  
pérez de los cobos

Diego Pérez de los Cobos, toma posesión de la Guardia Civil. Foto: Cristina Cifuentes

En los últimos días tres mandos de la Guardia Civil han sido destituidos o han dimitido, llamando poderosamente la atención las circunstancias en las que el ministro del Interior cesó al coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos. Esta situación pone de manifiesto la existencia de un conflicto entre algunos altos mandos de la Benemérita y la cúpula del Ministerio del Interior.

Todo esto se produce mientras en España continúa en vigor la excepcionalidad del estado de alarma, con una gran cantidad de competencias centralizadas en el Gobierno de España, un clima de político de alto voltaje, que poco a poco está consiguiendo polarizar también a los españoles. 

De conformidad con lo publicado en los medios de comunicación, tras esta crisis pudieran estar la denuncia por delitos de prevaricación administrativa y lesiones por imprudencia y la orden del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid a la Guardia Civil de practicar diligencias destinadas a dilucidar si los promotores de la manifestación del 8-M y la Delegación del Gobierno de Madrid tomaron decisiones que podrían ser constitutivas de delitos. Recordemos que pocos días después todos los ciudadanos españoles fuimos obligados a confinarnos en nuestros domicilios. 

¿Qué subyace tras estas decisiones y por qué han causado tanto revuelo político y mediático?

La confrontación de dos visiones políticas y jurídicas sustancialmente diferentes de la situación vivida en nuestro país desde la declaración del estado de alarma. Para un sector de la sociedad nos hallamos ante un claro abuso de poder por parte del Gobierno, que aprovechando la declaración del estado de alarma está suspendiendo derechos y libertades de los ciudadanos mucho más allá de lo permitido por la Constitución (derecho de reunión, libertad de expresión, libertad de circulación, libertad de culto…).

Igualmente el legislativo y el judicial han visto limitadas sus funciones propias e inherentes a un Estado de Derecho al ser suspendidas durante varias semanas las sesiones de control del Congreso y el cierre de los Juzgados y Tribunales. La excepcionalidad de la situación coloca al Gobierno como un poder con muchos menos contrapesos y controles que ningún otro desde la aprobación de la Constitución Española de 1978. 

pérez de los cobos
Madrileños ondean las banderas durante una protesta por el manejo del gobierno de la pandemia por la enfermedad de la (COVID-19) en Madrid, España, 23 de mayo de 2020. REUTERS / Sergio Pérez.

Por otro lado, una parte del espectro político y mediático, incluidos algunos miembros del actual Ejecutivo, considera que el ya conocido como “el 51 de Madrid” ordena diligencias que tienen como objetivo principal socavar el resultado de las elecciones generales y los equilibrios parlamentarios a través de los Juzgados y Tribunales, como una expresión más del lawfare. Este término es un neologismo consistente en la unión de dos palabras inglesas (law / warfare) y es utilizado para referirse al abuso de las leyes vigentes para deslegitimar y perjudicar la imagen pública del adversario político y preparar a la opinión pública para anticipar una sentencia condenatoria. A modo de ejemplo, algunos sectores sociales y políticos brasileños atribuyeron la condena a prisión del que fuera su presidente, Lula Da Silva, a una planificación perfecta de esta práctica en la batalla política. 

Juristas, políticos y jueces, observan con mucha preocupación el cese del coronel Pérez de los Cobos, tras el que ven un ataque a la división de poderes. ¿En qué basan estas afirmaciones? Principalmente en que en la práctica de esas diligencias los agentes de la Guardia Civil actuaron como policía judicial que, según prevé nuestra Constitución, “depende de los jueces” y no del Ministerio del Interior. El artículo 15 del RD 769/1987 que regula las actuaciones de la Policía Judicial obliga a los agentes a “guardar rigurosa reserva” sobre las investigaciones que estén llevando a cabo.

De confirmarse que desde el Ministerio del Interior se hubiera pedido al coronel Pérez de los Cobos que revelara el contenido de las diligencias de la policía judicial -que tampoco él podía conocer- las personas que se lo pidieron u ordenaron podrían haber incurrido en delito de coacciones o de inducción a una revelación de secretos. Siendo una investigación que puede llevar a testificar y a investigar a altos cargos del Ejecutivo y de la Delegación del Gobierno por no impedir esas manifestaciones previas al estado de alarma, la trascendencia política es altísima.

Si el resultado de esas diligencias llevara al “51 de Madrid” a considerar que los hechos revisten la apariencia de delitos, podríamos ver a varios altos cargos políticos en el banquillo por delitos como lesiones por imprudencia o prevaricación administrativa. 

Varios autores han encontrado lejanos antecedentes al lawfare en la celebérrima obra El Arte de la Guerra en la que el estratega chino Sun Tzu esgrimía hace más de 2.000 años que el medio por excelencia para alcanzar una victoria militar era “derrotar la resistencia del enemigo sin tener que luchar”. Este concepto tradicionalmente utilizado en la ordenación geoestratégica mundial comenzó a usarse asiduamente en las confrontaciones política durante la pasada década, principalmente en América Latina.

En la tensa situación política, económica y social que vivimos en España durante estos tiempos de pandemia, este neologismo está siendo cada vez más recurrente en nuestro país, principalmente entre los políticos, intelectuales y juristas que apoyan al actual Gobierno. Estos defienden que las investigaciones judiciales contra altos cargos tienen por objeto judicializar la vida política para paralizar al Gobierno y que es un intento de ganar en los tribunales lo que no se logró en las urnas. Consideran que es una quiebra de la separación de poderes, donde el poder judicial se extralimita y asume funciones que no le corresponden, con el apoyo y en coordinación con poderes económicos y medios de comunicación.

Las diligencias ordenadas por el “51 de Madrid” serían una nueva muestra de esa extralimitación de los magistrados. Que un poder, el judicial, que no es una expresión de la voluntad popular expresada mediante el voto, pueda investigar las decisiones del ejecutivo es interpretado por algunos como un ataque a la soberanía popular y no como una garantía propia del Estado de Derecho para proteger a los ciudadanos de la tiranía del poder. 

El referente teórico de la división de poderes, Montesquieu, consideraba -y la Historia le ha dado la razón- que la propia condición humana determina que todo poder absoluto tiende a la tiranía. Según el filosofo francés, únicamente los contrapesos de otros poderes, como los jueces, impedirían los abusos de los gobernantes.

La doctrina del lawfare cuestiona el equilibrio y la separación de los poderes porque mantiene que el poder judicial no puede, en determinados casos, enjuiciar la legalidad de las actuaciones del ejecutivo. O dicho de otra manera, dado que los jueces no son elegidos por sufragio universal, su legitimidad es menor que la de los políticos y su actuación no es independiente sino un frente más de la disputa política.

Así, será la mayoría expresada en las urnas la que decida qué es delito y qué no lo es, y no el Código Penal. Las investigaciones del “51 de Madrid” carecerían de legitimidad para valorar una decisión política y no serían más que otra pieza de la operación para desprestigiar a los políticos que tomaron las decisiones más controvertidas durante la última semana de febrero y el mes de marzo.

Es ahí, en opinión de algunos, donde la actuación de los Guardias Civiles no sería en su condición de policía judicial sino como cooperadores de una estrategia política-mediática destinada a judicializar la política con fines espurios. Por tanto, la supuesta negativa de Pérez de los Cobos a acceder al informe reservado y a revelarlo a terceros, justificaría su cese “por pérdida de confianza” del ministro Grande-Marlaska.

A modo de conclusión, el lawfare es una visión política que llevada al extremo podría impedir la investigación judicial de decisiones del poder político, independientemente de la gravedad de sus consecuencias. Si los jueces no pueden controlar la legalidad de la actuación de gobiernos, ¿podríamos afirmar que estamos ante un Estado de Derecho?¿Cómo podrían defenderse los ciudadanos de los abusos del poder?

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Diego Solana

Diego Solana

Abogado. Socio Director Adjunto. Attorney. Deputy Managing Partner. Cremades & Calvo-Sotelo. Abogado especializado en derecho de la propiedad intelectual, derecho de la propiedad industrial, defensa de la competencia, publicidad, competencia desleal, distribución y medios de pago. Su actividad abarca tanto el asesoramiento litigioso como el comercial.

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