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>> Cambio16 > SOCIEDAD > Economía y finanzas > Limitan las inversiones extracomunitarias en las empresas estratégicas

Limitan las inversiones extracomunitarias en las empresas estratégicas

Dimas Ibarra by Dimas Ibarra
25/03/2020
in Economía y finanzas, PLANETA
0
Noticias Basada en hechos, observados y verificados por el periodista o por fuentes. Incluye múltiples puntos de vista, sin la opinión del autor. Si incorpora análisis, se etiqueta como noticias y análisis.
Limitan inversiones extracomunitarias en empresas estratégicas españolas

La bolsa española lleva dos semanas de caídas

El Gobierno de España anunció su disposición a impedir que compañías extracomunitarias aprovechen la volatilidad de los mercados financieros, lastrados por el coronavirus, para tomar el control de empresas de áreas estratégicas y  aprobó un Real Decreto para reformar la normativa sobre inversiones exteriores que limita estas adquisiciones a un máximo del 10% del capital social de las compañías

Las operaciones en las que inversores de países ajenos a la Unión Europea toman el control del órgano de administración de esas empresas están prohibidas.

Blindaje ante caída de las acciones

La bolsa española lleva dos semanas de caídas y dejan valores muy bajos en algunas empresas. El interés del Ejecutivo es evitar a toda costa que los inversores extranjeros se aprovechen de esta caída coyuntural del valor de las acciones. Recordó que la actual situación es de «crisis económica y de extrema volatilidad los mercados financieros».

El Real Decreto fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial Estado y contiene las iniciativas para hacer frente al impacto económico y social de la neumonía COVID-19.

Publicado BOE numero 73, 18/03/2020.
Sumario: https://t.co/b5tboGsA80 #BOE

— BOE (@boegob) March 18, 2020

Impacto global

El Real Decreto explica que el impacto de la crisis global desencadenada por el Covid-19 sobre los mercados bursátiles mundiales supone una amenaza cierta para las empresas españolas de que se lancen operaciones de adquisición por parte de inversores extranjeros: «La crisis afecta tanto a empresas cotizadas como a no cotizadas. Las firmas españolas, muchas de ellas de los sectores estratégicos de la economía, han visto mermar su valor patrimonial».

«Todo ello explica la extraordinaria necesidad de acometer con urgencia la modificación del actual modelo de control de las inversiones extranjeras para introducir mecanismos de autorización ex ante de las citadas inversiones», se explica en el documento.

Modificación de la ley

Con este fin, el Real Decreto modifica la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, añadiendo un nuevo artículo 7, el cual impone limitaciones a las IED (Inversiones Extranjeras Directas), las realizadas por inversores residentes en países fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio.

En efecto, suspende algunas transacciones por motivos de seguridad pública, orden público y salud pública, en los principales sectores estratégicos del país. Las restricciones incluyen las transacciones en las que «el inversor pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social».

También prohíbe las que permitan que el inversor extranjero «tome el control del órgano de administración» de la empresa española.

Igualmente ilegaliza las inversiones que, dándose las circunstancias antes señaladas de participación en el capital social y toma de control, procedan de empresas públicas o de control público o de fondos soberanos de terceros países.

Las empresas estratégicas españolas

El Real Decreto Ley considera estratégicas aquellas empresas que atienden los sectores de las infraestructuras críticas, ya sean físicas o virtuales. Se incluyen las de energía, transporte, agua, sanidad, comunicaciones, medios de comunicación, tratamiento o almacenamiento de datos, aeroespacial, de defensa, electoral o financiera.

También contempla las instalaciones sensibles, así como terrenos y bienes inmuebles, que sean claves para el uso de dichas infraestructuras. Engloba tecnologías críticas y productos de doble uso. Por ejemplo, la Inteligencia Artificial (IA), la robótica, los semiconductores y la ciberseguridad.

Se consideran estratégicos igualmente los suministros de insumos fundamentales, en particular energía o los referidos a materias primas, así como a la seguridad alimentaria.

El presidente del Gobierno ha comparecido hoy en el @Congreso_Es para explicar las medidas frente al #COVID19:

– Económicas y de salud pública (10/03)
– De refuerzo sanitario, familiar, empresarial y turismo (13/03)
– Nuevas medidas económicas (17/03)

ℹ https://t.co/CGU3P07BUv

— La Moncloa (@desdelamoncloa) March 18, 2020

Condiciones adicionales

El Gobierno podrá suspender el régimen de liberalización de las inversiones extranjeras directas en España en aquellos otros sectores no contemplados anteriormente «cuando puedan afectar a la seguridad pública, orden público y salud pública».

Para más información visite Cambio16

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Citations & References:

Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 - BOE / El presidente del Gobierno llama a la unidad política y ciudadana para superar la emergencia del coronavirus - La Moncloa

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Dimas Ibarra

Dimas Ibarra

Venezolano, radicado en Venezuela. Licenciado en Comunicación Social en la Universidad Católica Andrés Bello. Redactor jefe de la sección de energías fósiles y renovables, para las versiones digitales e impresas de Cambio16 y Energía16. Redactor de la revista Cambio Financiero. Amplia experiencia como periodista y productor audiovisual, en la Industria Petrolera y diversos medios y agencias de comunicación. Asesor en el área de comunicación organizacional y vocería. Profesor universitario. Membresía: Asociación de Revistas ARI, Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y Sindicato Nacional de la Prensa de Venezuela (SNTP).

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